Más rebajas fiscales en Andalucía

Artículo actualizado el 18 de octubre de 2021

El pasado 13 de octubre se ha aprobado en el Parlamento de Andalucía la nueva Ley de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los cambios afectan a los tributos cedidos por el Estado a las comunidades autónomas. Es decir, al impuesto sobre la renta de las personas físicas, el impuesto sobre el patrimonio, el impuesto sobre sucesiones y donaciones, el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, además de la tasa fiscal del juego que pagan los propietarios de bingos, casinos o tragaperras, y el impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

Esta Ley sitúa a Andalucía entre las 5 comunidades autónomas con menor presión fiscal de España. Algunas de las medidas entran en vigor a partir de noviembre, y otras a partir de enero de 2022. Las principales novedades son las siguientes:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

• El umbral de base imponible para poder beneficiarse de determinadas deducciones, incluida vivienda, pasa de 19.000 a 25.000 euros en tributación individual, y de 24.000 a 30.000 euros en tributación conjunta.
• La deducción por adquisición de vivienda habitual pasa del 2,5% al 5% si es vivienda protegida y el declarante menor de 35 años.
• Se incrementan las deducciones por alquiler de vivienda habitual.
• Deducción de 200 euros por hijo, y de 400 en municipios con menos de 3.000 habitantes.
• Deducción en gastos educativos de idiomas o informática, hasta 150 euros por cada hijo.

Impuesto del Patrimonio

• Para personas con discapacidad, el mínimo exento sube de 700.000 a 1.250.000 euros, o 1.500.000 euros si la discapacidad es superior al 65%.

Impuesto de Sucesiones

• Se equiparan las parejas de hecho a los cónyuges, siempre que estén inscritas en el Registro de Parejas de Hecho o similar.
• En herencias a favor de hermanos, tíos y sobrinos, el tope del impuesto baja del 70 al 45%.

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

• Baja al 7% y en lo sucesivo será el tipo único de este impuesto, salvo en compra de vivienda habitual, que será del 6% si su valor no supera los 150.000 euros. El de Actos Jurídicos documentados pasa a ser único del 0,3%.

 

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