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Testamentos, todo lo que debería saber (I)

Artículo actualizado el 29 de abril de 2020

Detrás del concepto “testamento” suelen surgir muchas dudas de todo tipo; dudas acerca de la obligatoriedad de hacer testamento, precios o procesos, por ejemplo. Ya bien sea con la intención de beneficiar a los descendientes o bien de quitarles derecho de sucesión, es importante tener claro los principios fundamentales sobre los que basa la gestión de los testamentos.


El testamento y el notario

Es posible hacer testamento sin pasar por el notario, siempre y cuando las personas sean mayores de edad (más de 18 años) y no se encuentren en situación de incapacidad. De esta forma, pueden redactar por su propia mano su testamento, siendo considerado como testamento ológrafo.

Por supuesto, es imprescindible que esté escrito de manera completa por puño y letra por el testador, así como fechado y firmado. Aunque es posible que cada uno se pueda hacer su propio testamento, en el siguiente punto veremos el precio que tiene esta gestión en un notario.


¿Cuánto cuesta?

Se trata de otra pregunta habitual y que tiene un costo real menor al pensado. Una persona puede realizar testamento ante notario por unos 50 euros.

Si bien no existe una tarifa fija puede establecerse en una horquilla de entre 40 y 80 euros de media, un testamento no suele superar los 60€.


Cuando no existe testamento

Si una persona fallece sin haber realizado testamento será la ley la que establezca y dictamine quienes serán los beneficiarios siguiendo un orden de parentesco. Es importante tenerlo en cuenta, ya que normalmente se suele pensar que la herencia “se pierde” o que va a parar a manos del Estado. Esto puede ocurrir sólo en caso aislados.


Si no hay testamento, ¿quiénes son los herederos?

En primer lugar hay que distinguir si la persona fallecida tiene o no tiene hijos.

  • En el caso de que tenga hijos: La herencia quedará dividida en partes iguales entre todos ellos. En el caso de que algún hijo haya fallecido antes que el padre es necesario verificar si a su vez este hijo tenía descendencia, en cuyo caso, dicha parte correspondería sobre dichos hijos.
  • En el caso de no tener hijos: Recaería sobre su línea de parentesco, estableciéndose el beneficio en primer lugar sobre sus padres y en segundo lugar sobre los abuelos, o descendientes más alejados. En caso de no tener ascendientes, la viuda o viuda será el único heredero.

Cómo comprobar si existe un testamento

En numerosas ocasiones no se sabe si existe un testamento redactado antes de la muerte en el que quede plasmado las últimas voluntades. Para comprobar la existencia de un posible testamento, es preciso solicitar el Certificado de Actos de Última Voluntad. Este documento se puede solicitar en las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia, así como por correo o internet.