Campaña de IRPF 2023. Novedades y nuevas deducciones.

Artículo actualizado el 20 de marzo de 2024

Este mes de abril de 2024 comienza la campaña de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2023. Este es el calendario:

  • 3 de abril. Inicio. Se puede consultar el borrador en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  • 29 de abril hasta 28 de junio. Se puede solicitar cita telefónica.
  • 29 de mayo hasta el 28 de junio. Se puede solicitar cita presencial.
  • 26 de junio. Último día de plazo para presentar la declaración, si se ha elegido como forma de pago la domiciliación bancaria.
  • 1 de julio de 2024. Último día de plazo para presentar la declaración, si no se ha elegido como forma de pago la domiciliación bancaria.

Novedades

Este año, lo más significativo son los cambios para los autónomos, las deducciones por reforma de vivienda o los gastos relacionados con vehículos eléctricos.

Se incrementa el mínimo exento de retención, que pasa de los 15.000 a los 15.875 euros al año, y puede alcanzar hasta los 19.262 euros, en caso de trabajador con dos hijos o más a cargo y su cónyuge con ingresos inferiores a 1.500 euros anuales.

Los inversores en criptomonedas que coticen en el extranjero y tengan un valor superior a los 50.000 euros deberán cumplimentar el modelo 721. La no declaración de este activo puede conllevar multas de hasta 200.000 euros.

Se deflacta el IRPF del tramo autonómico (aunque no en todas las comunidades autónomas).

Autónomos

  • Desaparece el mínimo de 1.000 euros para hacer la declaración de la renta. Los autónomos tienen que presentar declaración, aunque hayan tenido pérdidas.
  • Aumenta la deducción por gastos de difícil justificación, que pasa del 5% al 7%.
  • Se amplía el límite de deducción por planes de pensiones. Además de la deducción hasta 1.500 euros al año, si se ha contratado un “plan de pensiones de empleo para autónomos”, se pueden deducir hasta 4.250 euros más.

Deducciones fiscales

  • Vehículos eléctricos: los contribuyentes se pueden deducir un 15% del valor de adquisición de un coche eléctrico, con un límite de 3.000 euros y que no esté destinado a actividades económicas. Los modelos elegibles deben estar incluidos en la Base de Vehículos del IDAE y pueden ser desde turismos M1 hasta motocicletas eléctricas.
  • Los puntos de recarga de vehículos eléctricos también pueden desgravarse un 15% de los gastos de instalación.
  • Maternidad: Las madres con hijos menores de 3 años pueden deducirse 1.200 euros por cada hijo menor de esa edad, tanto si están trabajando como si están cobrando el paro.
  • Se prorroga para el ejercicio 2023 la deducción de hasta el 60% en obras de rehabilitación de vivienda.
  • Donaciones a ONG y afiliación a partidos políticos: las donaciones a ONG tendrán deducciones del 10 al 80%, dependiendo del capital aportado. La afiliación a partidos políticos desgrava un 20%, con un límite de 600 euros. Los trabajadores afiliados a sindicatos y colegios profesionales se beneficiarán de un 20% de deducción, pero en este caso el máximo está en 500 euros.
  • Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación. La compra de acciones o participaciones de una empresa de reciente creación, da derecho a aplicar una deducción del 50 % (con un límite: 100.000 € anuales).
  • Trabajos en el extranjero: por los trabajos y servicios prestados a empresas en el extranjero, no habrá que declarar los ingresos, hasta el límite de 60.100 euros, siempre y cuando el país tenga un impuesto similar al IRPF y no se considere paraíso fiscal.

Estas son solo las novedades más importantes de la nueva campaña. Si quiere conocer todas las deducciones, tanto estatales como autonómicas, consulte con los especialistas de Lotisse.

Lotisse. Área fiscal.