Cambios en las cuotas de los autónomos

Artículo actualizado el 5 de May de 2023

El Real Decreto-Ley 13/2022, de 26 de julio ha introducido novedades muy sustanciales en el cálculo, cuantías de cotización y prestaciones por cese de actividad, que han entrado en vigor a partir de enero de 2023. Las medidas se aplican a todo el colectivo de autónomos, que alcanza en nuestro país casi los 3,5 millones de trabajadores y profesionales, y representa entre el 17 y el 18% del total de personas con empleo.

Ya no se puede elegir la base de cotización

Hasta 2022, el trabajador autónomo podía elegir pagar más o menos (desde 294 euros mensuales, correspondientes a una base mínima de 960,60 euros, hasta 1.266,66 euros, por una base máxima de 4.139,40 euros, es decir, siempre un 30,6% de la base), con independencia de los rendimientos reales de su actividad. El nuevo sistema elimina esta posibilidad; ya no se puede elegir la base de cotización: ésta dependerá de los rendimientos netos reales del autónomo.

¿Cómo se calcula el rendimiento neto?

El rendimiento neto no es más que la diferencia entre los ingresos y los gastos deducibles de la actividad. Adicionalmente, los autónomos pueden minorar un 7% (o un 3% si son autónomos societarios) el rendimiento neto así calculado para determinar el tramo de rendimientos netos finales que corresponda, y por tanto la base de cotización y la cuota.

Doce tramos de cotización, más otros tres tramos reducidos. Despliegue gradual hasta 2031

Desde enero de 2023 el procedimiento para el cálculo de la cuota de autónomo se hace teniendo en cuenta los rendimientos netos que cada autónomo prevea que va a tener, con su posterior revisión y ajuste a final de cada ejercicio fiscal. El autónomo puede elegir entre las bases mínima y máxima de cada tramo y revisar estas previsiones cada dos meses, para que el ajuste a final de año sea el mínimo posible.  En el caso de que el autónomo haya pagado por encima de sus ingresos reales, la Seguridad Social le devolverá la diferencia, en caso contrario deberá abonarlo, sin interés de demora.

La disposición transitoria primera del Real Decreto-Ley 13/2022 prevé el despliegue gradual del nuevo sistema de cotización por ingresos reales durante el período 2023 a 2031

Para todo ello, se establecen 12 tramos de cotización, de acuerdo con los rendimientos netos que se esperan obtener, quedando un margen de elección dentro de cada tramo, más otros tres tramos reducidos cuando el autónomo prevea que su rendimiento neto mensual será inferior al salario mínimo interprofesional. El sistema de tramos será revisado por la Seguridad Social cada tres años, quedando actualizados de este modo los beneficios a obtener.

Tarifa progresiva, tanto al alza como a la baja.

Si bien las nuevas tablas establecen un sistema progresivo de cotizaciones (mientras más ganas, más pagas), a los autónomos que generen menos ingresos se les aplica una reducción gradual. Así, la actual cuota mínima de 294 euros mensuales será de 230 euros en 2023, 225 euros en 2024 y 200 euros en 2025.

Nuevas tablas

El Real Decreto-Ley 13/2022 ha publicado las nuevas tablas para 2023, 2024 y 2025. Puede consultarlas en la Disposición Transitoria Primera. Pulse aquí para acceder al texto del Real Decreto-Ley. Según las bases, se pueden calcular las cuotas, aplicando el tipo general del 30,6%. Así, por ejemplo, el tramo 6 para 2023 es el siguiente:

Rendimientos netos mensuales Base Mínima

a declarar

Base Máxima

a declarar

Cuota

Mínima mensual

Cuota

Máxima mensual

Tramo 6 Entre 2.030 y 2.330 € 1.045,75 € 2.330 € 320 € 713 €

Y para 2025,

Rendimientos netos mensuales Base Mínima

a declarar

Base Máxima

a declarar

Cuota

Mínima mensual

Cuota

Máxima mensual

Tramo 6 Entre 2.030 y 2.330 € 1.274,71 € 2.330 € 390 € 713 €

Sube la tarifa plana para los nuevos autónomos

La tarifa plana de 60 euros mensuales para los nuevos emprendedores, de duración hasta 12 meses, sube hasta los 80 euros mensuales, y podrá prorrogarse hasta otros 12 meses, si el nuevo autónomo prevé que sus ingresos van a seguir por debajo del Salario Mínimo Interprofesional.

Novedades en el “paro de los autónomos”

El Real Decreto-Ley 13/2022 añade algunas novedades a la prestación por cese de actividad (el llamado “paro de los autónomos”). Esta prestación es por cuantía del 70% de la base reguladora, teniendo que haber cotizado un mínimo de 12 meses, y se percibe durante un periodo desde los 4 hasta los 24 meses, dependiendo del periodo cotizado. A partir de 2023 se añaden nuevas causas (reguladas en el artículo 331 de la Ley General de la Seguridad Social) para poder acceder a esta prestación:

  • La reducción del 60 por ciento de la jornada de la totalidad de los trabajadores del empresario autónomo o la suspensión temporal de los contratos de trabajo del 60 por ciento de la plantilla.
  • El mantenimiento de deudas durante dos trimestres consecutivos con acreedores, que supongan una reducción del nivel de ingresos ordinarios o ventas del 60 por ciento respecto del registrado en los mismos periodos del año anterior.

También se podrán beneficiar de una prestación temporal del 50% de la base reguladora los trabajadores autónomos si el Consejo de ministros activa el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, bien por coyuntura económica adversa o por crisis sectorial (artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores).

Críticas a las nuevas medidas

Las principales son:

  • Si bien el nuevo sistema es progresivo y tiene en cuenta a los autónomos con menores ingresos, les resta capacidad de decidir cuánto cotizar, incrementando sus costes y dificultando, por ejemplo, la contratación de empleados.
  • Al vincular las cotizaciones con las ganancias reales, también puede contribuir a la economía sumergida, incentivando la ocultación de ingresos para no pagar más.
  • Puede haber fuga de autónomos que teletrabajen a otros países con menor presión fiscal.
  • Los autónomos suponen entre el 17 y el 18% de los trabajadores en España, frente al 8,3% en Alemania, 9,6% en Suecia o 12,1% en Francia. Siendo tan influyentes en nuestra economía, no se han consensuado las medidas a nivel político, con otros partidos, o con todas las asociaciones de autónomos.

Patricia Penella

Lotisse. Departamento fiscal