Novedades en la tasa de basuras a partir de 2025
Artículo actualizado el 1 de novembre de 2024
Está causando gran revuelo la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Su artículo 11 dispone que “las entidades locales establecerán, en el plazo de tres años a contar desde la entrada en vigor de esta ley, una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de carácter público no tributaria, específica, diferenciada y no deficitaria”. Esto quiere decir que, a partir de abril de 2025, los ayuntamientos tendrán que cobrar el servicio de forma independiente y separada.
La situación actual
La recogida de basuras, en casi todas las grandes ciudades, se paga conjuntamente con el recibo de agua. Cada ayuntamiento calcula el coste que debe cobrar, estableciendo un mínimo y una escala progresiva, según el consumo de agua de cada hogar.
En el caso de las poblaciones pequeñas, el servicio de recogida de basuras se hace, habitualmente, de forma mancomunada, a través de entidades supramunicipales. Una sola mancomunidad da servicio a varios ayuntamientos. En este caso, el cobro también se suele realizar a través del recibo de agua de cada municipio; solo excepcionalmente se cobra en recibo aparte.
Causas de la polémica
El gobierno central argumenta que este cambio, entre otros, viene impuesto por la trasposición a la legislación española de la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, que amplía y modifica la anterior directiva 2008/98/CE. En su fondo, subyace la pretensión de convertir a la Unión Europea en una «sociedad del reciclado» y contribuir a la lucha contra el cambio climático. Quien genera residuos debe pagar los costes reales de su recogida, tratamiento y reutilización.
Gestión de cobro y morosidad
Cierto es que algunos ayuntamientos no están repercutiendo al ciudadano los costes reales de todo el proceso, que termina siendo deficitario, cubriéndose las pérdidas por la vía del endeudamiento, las subvenciones, o cargándolo a otras partidas presupuestarias. En este sentido, es razonable garantizar la autosuficiencia del servicio.
Sin embargo, la Directiva no obliga a que la tasa se cobre de forma diferenciada o independiente, y aquí reside uno de los principales temores de los funcionarios de las haciendas locales: si el recibo es independiente, la gestión de cobro se complicará, y los impagos aumentarán. Así, por ejemplo, actualmente, si no se abona la factura de agua, que incluye la tasa de basuras, se corta el suministro, por lo que la morosidad es muy baja.
Aumento del precio
El otro temor, en este caso del ciudadano, es que los ayuntamientos, debido a las nuevas obligaciones impuestas por la Ley 7/2022, apliquen una gran subida a la tasa de basuras. Se estima que el promedio será del 45%, pero algunos consistorios ya se han adelantado y han incrementado notablemente la tasa, especialmente los que más déficit específico tienen (Por ejemplo, Oviedo ha subido el 80% y Málaga y Valencia ya han anunciado un fuerte incremento).
La denominada “PPPNT” como nueva fórmula de cobro
La Ley 7/2022 prevé que, en lugar de una tasa por el servicio de recogida de basura, pueda cobrarse una “Prestación Patrimonial de carácter Público no Tributario (PPPNT)”. Esta fórmula se prevé para los casos en los que el servicio no lo realiza el propio ayuntamiento o mancomunidad de municipios, sino concesionarios privados o empresas públicas o semi-públicas. En este caso, el cobro del servicio lo realizará el ayuntamiento o entidad supramunicipal, y podrá tratarlo como cualquier tributo, utilizando la vía ejecutiva.
El problema, en este caso, seguirá siendo el mismo que con la tasa. Al cobrarse de forma diferenciada e independiente, se incrementará la morosidad de forma notable. El ayuntamiento tendrá que pagar al concesionario, pero se verá en dificultades para que todos los ciudadanos paguen puntualmente.
Dados los inconvenientes prácticos que plantean estos cambios, hay que esperar a la efectiva puesta en marcha del nuevo sistema; el gobierno aún podría dar marcha atrás en la obligación de cobro diferenciado. Lo inevitable será el incremento del coste del servicio, que variará, según cada ayuntamiento. En aquellos que ya repercutían razonablemente los costes reales, la subida será menor.
Véase también Impuestos, tributos y tasas de la comunidad de propietarios.
Lotisse.
Departamento financiero-contable